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Foto del escritorRuth Vilaró Beloso

Nuevo reglamento de Extranjería que modifica los requisitos para los ciudadanos irregulares





El Gobierno ha aprobado este mes de julio, una reforma del Reglamento de Extranjería del 2011, mediante el Real Decreto 629/2022, de 26 de julio.





Según fuentes del Gobierno las mejoras tienen como objetivo principal la favorecer la incorporación al mercado laboral de las personas que se encuentran en España, reforzar las vías de migración regular y mejorar el sistema de gestión de autorizaciones de residencia y/o trabajo.




Estas son las principales novedades que incluye dicha reforma:


  • Permisos de estancia por estudios: como principal novedad se permite que los estudiantes puedan compaginar formación y trabajo, siempre que las horas dedicadas a la prestación laboral se puedan compatibilizar con la formación y no superen las 30 horas semanales. Por otro lado, se eliminan el requisito de permanencia en España de tres años para que los estudiantes puedan acceder al mercado laboral tras la finalización de los estudios.


  • Permisos por arraigo:


  • Arraigo laboral: el arraigo laboral queda limitado exclusivamente a las personas que se encuentran en situación irregular pero que han realizado una actividad laboral con carácter regular durante los dos últimos años, es decir, para aquellas personas que tenían permiso de residencia y trabajo pero no han podido renovar dicha autorización.

Se crea una nueva modalidad de autorización por arraigo laboral que tiene como requisitos la acreditación de seis meses de trabajo irregular, en colaboración con la figura del confidente.

  • Arraigo social: se modifica el criterio a tener en cuenta para la validez del contrato de trabajo que se presente, que ya no se valora por su duración, sino por la adecuación del salario al salario mínimo interprofesional (SMI). Este contrato podrá ser inferior a 20 horas si hay menores a cargo, y en caso de no llegar a las 40 horas con un contrato pueden presentarse dos de 20, flexibilizando así este requisito.


  • Arraigo por formación: se crea esta nueva figura para dar posibilidad de obtener permiso de residencia de 12 mese a los extranjeros que, habiendo permanecido en España de forma continuada durante un período mínimo de dos años, se comprometen a realizar una formación reglada (cuyo título esté regulado por el Ministerio de Educación y sea de carácter oficial). Esta autorización se puede prorrogar por 12 meses más.


Espero que esta información te haya resultado útil. Si tienes alguna consulta contacta sin compromiso:





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