Recientemente ha sido aprobada la Orden 319/2018, de 21 de marzo, del Ministerio de Justicia (publicada en el Boletín Oficial del Estado el 27 de marzo), por la que se aprueban los nuevos modelos de presentación de la cuentas anuales ante el Registro Mercantil.
El nuevo modelo requiere la identificación de las personas físicas titulares de acciones o participaciones en empresas. Esto supone que la mayoría de los datos comunicados al Registro serán susceptibles de consulta por cualquier persona, dado que se trata de un Registro Público de información mercantil.
Ante dicha reforma, CEPYME y el Consejo General del Notariado han interpuesto un Recurso ante la Audiencia Nacional, motivado por su convicción de que dicha reforma "se trata de un serio atentado al derecho a la intimidad de los pequeños y medianos empresarios (accionistas)". Por este motivo han solicitado la suspensión cautelar de la Orden en cuestión. El recurso va dirigido a evitar la identificación, en el modelo, de los titulares de participaciones de las empresas cuyos libros se han de presentar ante los Registradores Mercantiles españoles.
El Notariado y CEPYME subrayan que la Orden somete a los titulares de alguna acción o participación societaria a una serie de "riesgos gratuitos", derivados de permitir el acceso a su identidad a "cualquier persona o, por qué no, delincuente, que solo tendrá que solicitar una sencilla certificación al Registro Mercantil".
Según ambas organizaciones, el actual modelo español de identificación de los titulares reales de las sociedades jurídicas se vería afectado por dicha Orden, y dificultaría al mismo tiempo la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
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