A partir de Enero 2019 el límite de facturación anual para los profesionales autónomos que liquiden el IVA por el Régimen Simplificado, se reduce. Pasa de 250.000 € anuales a 150.000 € anuales de facturación.
El autónomo en este régimen va adelantando un pago fijo de cuota de IVA calculado en función de una serie de variables, principalmente las cuotas devengadas y soportadas.
Este sistema alternativo al régimen general del IVA, permite hacer frente a los pagos de IVA de forma regular, y al final del año Hacienda comprueba si el autónomo debe ingresar más o le corresponde una devolución en función de la cantidad fija que ha ido pagando a lo largo del año.
Lógicamente, si siempre te sale a devolver...no has de ingresar ninguna cuota de IVA.
Si tienes dudas contacta conmigo: ruthvilaro@gestors.net