El nuevo sistema de cotización de trabajo autónomo vigente a partir del 2023, supone la comunicación obligatoria del rendimiento neto de la actividad a la seguridad social, para así poder pagar la cuota mensual con arreglo a los ingresos reales percibidos.
Estos son los plazos para realizar la comunicación de datos:
Si el 1 de enero de 2023 ya se figura de alta como trabajador autónomo, se tiene que realizar la comunicación de los rendimientos antes del 31 de octubre del 2023, a través del servicio “Modifica tus datos de trabajo autónomo”. Este servicio está accesible a través de la web Importass, que puedes utilizar también desde tu móvil. Para acceder a este servicio de modificación y comunicación de datos de trabajo autónomo clica en el siguiente link: https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/Categorias/Altas%2C+bajas+y+modificaciones/Bajas+y+modificaciones/ModDatosAutonomos

Si la base de cotización por la que actualmente vienes calculando tu cuota mensual del RETA es diferente a la que deberías pagar según tu rendimiento neto (ingresos reales percibidos), entonces es obligatorio comunicar un cambio de base de cotización para que los rendimientos se vean reflejados en la nueva base de cotización sobre la que se calculará la nueva cuota mensual a pagar. En este último caso, se tendrá que solicitar el cambio de la base de cotización y comunicar la previsión de rendimientos netos anuales, en media mensual, antes del próximo 28 de febrero con el fin de que no se tenga que realizar posteriormente ninguna regularización de cuotas. Puedes hacer este cambio con certificado digital o clave a través de la web de la Seguridad Social en este link: https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/afiliacion+e+inscripcion/03afiliacion+e+inscripcion

Los datos a tener en cuenta para el cálculo de tu rendimiento neto deben ser los de tu actividad económica durante el 2023, por lo que es necesario que hagas una estimación en base a tus ingresos y gastos del 2022 según la declaración de la renta que tendrás que presentar en el periodo que transcurre desde abril hasta junio del 2023. Si tienes dudas o necesitas ayuda para su cálculo y posterior comunicación puedes utilizar este servicio de ayuda de la Seguridad Social:

Ten en cuenta que las bases elegidas tendrán carácter provisional hasta que la Tesorería General de la Seguridad Social realice la regularización anual según los rendimientos que la Administración Tributaria le haya comunicado.
Si tras el resultado de la regularización tus rendimientos anuales han sido menores a los que habías previsto, la Tesorería General de la Seguridad Social procederá de oficio a devolver la diferencia entre la cuota que has pagado y la que te corresponde pagar. Si tus rendimientos anuales definitivos están por encima de los previstos, tendrás que regularizar tu situación pagando la diferencia.
Si estás disfrutando de la tarifa plana, seguirás disfrutando de esta, en las mismas condiciones, hasta que finalice su periodo máximo de duración.
Si tienes dudas o necesitas ayuda con este trámite contacta conmigo
Fuente: https://portal.seg-social.gob.es
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